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No era el camino correcto: Ministerio de Relaciones Exteriores envía carta a The New York Times

El documento está dirigido a Thomas Feyer, editor de cartas del periódico norteamericano.

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Ana Gervasi, ministra de Relaciones Exteriores. / Gestión.
Fecha Publicación: 08/02/2023 - 15:10
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El ministerio de Relaciones Exteriores del Perú le cursó una carta al medio de comunicación estadounidense The New York Times, tras la última entrevista a la ministra Ana Gervasi. Para Torre Tagle, las palabras de la canciller fueron colocadas en un sentido diferente.

El documento suscrito por Ricardo José Ynouye Arévalo, jefe de la Oficina de Comunicaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores está dirigido a Thomas Feyer, editor de cartas del periódico norteamericano. La misiva tiene como fecha el 4 de febrero último, cuando lo correcto era cursarla al editor Arthur Sulzberger.

Donde se señala “Me gustaría expresar mi preocupación por la interpretación de las declaraciones de la ministra Ana Gervasi, que tienen un sentido diferente a las que ella brindó durante la entrevista”, sostiene el documento.

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El ministerio de Relaciones Exteriores aseguró que “tanto la presidenta del Perú, Dina Boluarte, como la canciller Ana Cecilia Gervasi, creemos firmemente que las protestas perpetradas con violencia son financiadas y que esto se encuentra bajo investigación”, agregaron.

El derecho de Rectificación figura en la jurisprudencia internacional, lo correcto era que el embajador del Perú, acreditado en los Estados Unidos cursé la carta por el conducto regular, amparándose en los tratados internacionales del cual el Perú es Estado Parte.

La Convención sobre el Derecho Internacional de Rectificación de las Naciones Unidas, en vigor desde el 24 de agosto de 1962, señala en uno de sus considerandos que la Asamblea General de las Naciones Unidas recomendó, en su segundo período ordinario de sesiones, la adopción de medidas destinadas a combatir la difusión de informaciones falsas o tergiversadas, que puedan ser perjudiciales para las relaciones amistosas entre los Estados.

El artículo segundo, literal 1, contempla que “Reconociendo que la responsabilidad profesional de los corresponsales y de las agencias de información les impone dar cuenta de los hechos sin discriminación y sin separarlos de los elementos conexos necesarios para su recta apreciación, a fin de fomentar el respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales, favorecer la comprensión y la cooperación entre las naciones y contribuir al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales.

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Considerando asimismo que, conforme a la ética profesional, todos los corresponsales y agencias de información, en el caso de que se haya demostrado que ciertos despachos informativos transmitidos o publicados por ellos son falsos o tergiversados, deberían seguir la práctica establecida de transmitir por los mismos medios, o de publicar, rectificaciones de tales despachos.

Los Estados Contratantes convienen en que, cuando un Estado Contratante alegue que determinado despacho informativo, capaz de perjudicar sus relaciones con otros Estados o su prestigio o dignidad nacionales, es falso o tergiversado y tal despacho informativo haya sido transmitido de un país a otro por corresponsales o agencias de información de un Estado Contratante o no contratante, y publicado y difundido en el extranjero, aquel Estado podrá presentar su versión de los hechos (denominada en adelante “comunicado”) a los Estados Contratantes en cuyos territorios haya sido publicado o difundido. Al mismo tiempo, se enviará un ejemplar del comunicado al corresponsal o a la agencia de información interesados, a fin de que tal corresponsal o agencia de información pueda rectificar el despacho informativo de que se trate”.

Finalmente, el literal 2 añade que “No serán más extensos de lo necesario para rectificar la alegada inexactitud o tergiversación y deberán ir acompañados del texto íntegro del despacho tal como fue publicado y difundido y de la prueba de que ha sido enviado desde el extranjero por un corresponsal o por una agencia de información”. (Por Alfredo Vignolo g. del V.)

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