Definen reglas para internas en partidos políticos
Solo organizaciones inscritas luego de que se aplique la reforma están obligadas a elecciones abiertas.
Continuando con el debate del Proyecto de Ley 4187 sobre participación política y democracia interna impulsada por el Gobierno, la Comisión de Constitución aprobó que los partidos políticos ya inscritos puedan realizar, por única vez, elecciones internas solo con sus afiliados.
Pese a que el Poder Ejecutivo planteó inicialmente que tanto militantes, como no militantes, participen obligatoriamente en las elecciones internas para elegir a los candidatos a la Presidencia de la República, Congreso, gobiernos regionales y alcaldías, el equipo técnico de la comisión presidida por Rosa Bartra agregó una disposición transitoria para que dicha norma se aplique solo sobre las organizaciones políticas inscritas después de que entre esta ley en vigencia.
Esta modificación fue aprobada por ocho votos a favor, tres en contra y cinco abstenciones.
Entre los requisitos para realizar estas elecciones internas se destaca que la organización política determina los requisitos y el número de sus postulantes a candidatos al Congreso, de acuerdo a su norma interna; y que los precandidatos en las elecciones internas deben tener, al menos, seis meses de afiliación a la organización política por la que deseen postular, a la fecha límite de la convocatoria de las elecciones generales.
Asimismo, se aprobó el artículo 24 sobre la “Modalidad de las elecciones primarias”, el cual señala, después de un largo debate y consenso, que “las elecciones primarias se realizan de manera simultánea mediante voto universal, libre, obligatorio, igual, directo y secreto de todos los ciudadanos, estén o no afiliados a una organización política”.
Además se respaldó el párrafo que señala que para continuar con su participación en el proceso electoral, “el partido político debe obtener al menos el 1.5 % de los votos válidamente emitidos en las elecciones primarias”.