Declaran inconstitucional suspensión de peajes
Magistrado Ferrero Costa, a cargo de ponencia, indica que esa norma vulnera la libertad de contratar.
Por unanimidad, el Pleno del Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Ejecutivo contra la ley 31018 del Legislativo, que suspende el cobro de peajes durante la pandemia del Covid-19, promulgada por insistencia por el Congreso de la República.
El magistrado Augusto Ferrero Costa estuvo a cargo de la ponencia que determinó que esa ley vulnera el artículo 62 de la Constitución Política, relacionada a la libertad de contratar y establece que los términos contractuales no pueden ser modificados por leyes u otras disposiciones de otra clase.
La sentencia fue respaldada con el voto de la presidenta del TC, Marianella Ledesma, y de los magistrados Manuel Miranda, Ernesto Blume, Carlos Ramos, José Luis Sardón y Eloy Espinosa-Saldaña.
“Esta ley viola la libertad de contratar, al suspender el contenido contractual pactado por las partes relativo al cobro de peajes, pese a que los vehículos usan las carreteras concesionadas, y lo han hecho aún en los momentos más estrictos del estado de emergencia por la pandemia de la Covid-19”, menciona la sentencia.
Ferrero Costa manifestó que la Carta Magna garantiza la libertad del derecho contractual dentro de los límites establecidos por ley.
“Si el Estado interviniera en las relaciones contractuales, modificando sus términos a través de disposiciones normativas de carácter general, la libertad contractual podría quedar disminuida”, sostuvo.
RIESGO MODERADO
Cabe recordar que la iniciativa fue presentada por el vocero de Somos Perú, Lenin Checco, quien dijo que la suspensión del cobro de peajes busca evitar la propagación de la Covid-19 entre los empleados de las garitas.
Para el TC, ese cobro representa un riesgo moderado de exposición similar al de los cajeros de un supermercado, como lo considera el Ministerio de Salud.
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