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Congreso: aprueban despido para quienes hagan labores privadas en teletrabajo

Pleno del Congreso aprobó el dictamen que plantea cuatro cambios en la Ley 3157 sobre esta modalidad laboral.

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Congreso: aprueban despido para quienes hagan labores privadas en teletrabajo.
Fecha Publicación: 01/06/2024 - 05:16
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El Pleno del Congreso aprobó la modificación de la Ley del Teletrabajo. La iniciativa, presentada por la parlamentaria no agrupada María del Carmen Alva, establece una serie de cambios, entre los cuales destaca la prohibición de que los trabajadores realicen labores privadas durante su horario laboral.

El dictamen aprobado en el Poder Legislativo modifica los artículos 6, 11, 12, 21 y 23, los cuales fueron aprobados por 96 parlamentarios que también votaron a favor de exonerar la iniciativa de una segunda votación. El siguiente paso es enviarla al Ejecutivo para su observación o promulgación.

Durante el Pleno, la parlamentaria María del Carmen Alva destacó la aprobación de la ley, aunque no mencionó la referida prohibición. “Con la aprobación de esta iniciativa, los teletrabajadores contarán con un mejor marco normativo”, aseguró la congresista.

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Otra modificación es que se impide a los empleadores descontar de las remuneraciones del teletrabajador el tiempo no laborado a causa de cortes en el suministro de electricidad o por la falta de servicio de Internet debidamente acreditados.

Además, establece como obligación del teletrabajador garantizar las condiciones informáticas y de comunicación necesarias para la realización del teletrabajo, mientras que exhorta al empleador a identificar los peligros y evaluar los riesgos laborales a los que se encontraría expuesto el teletrabajador.

Por otro lado, exige que en los contratos de teletrabajo se establezcan las condiciones para el retiro de documentación confidencial de la empresa.

Desde 2020

En marzo de 2020, debido a la pandemia por el coronavirus, muchos sectores dejaron de asistir presencialmente al trabajo y cuando fue posible, se comenzó a laborar desde casa. Es así que el Estado Peruano formalizó mediante Decreto de Urgencia N.° 026-2020, la realización del trabajo remoto.

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