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Congreso aprueba por insistencia ley que sanciona acaparamiento y especulación

La insistencia del dictamen, observado por el Ejecutivo en julio pasado, fue aprobada por 106 votos a favor, 0 en contra y 18 abstenciones.

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FOTO: ANDINA.
Fecha Publicación: 21/08/2020 - 13:51
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El pleno del Congreso aprobó este viernes por insistencia el proyecto de ley que modifica el Código Penal y el Código de Protección y Defensa del Consumidor para sancionar con penas de cárcel el acaparamiento, la especulación y la adulteración, durante el estado de emergencia por la pandemia del coronavirus (Covid-19).

La insistencia del dictamen, observado por el Ejecutivo en julio pasado, fue aprobada por 106 votos a favor, 0 en contra y 18 abstenciones.

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El dictamen contempla por acaparamiento una pena de cárcel no menor de 4 ni mayor de 6 años; mientras que el delito de especulación será sancionado con no menos de 2 ni más de 6 años de prisión. Si la especulación se comete durante un estado de emergencia declarado por el presidente de la República, la pena de cárcel será no menor de 4 ni mayor de 8 años.

Para la adulteración, la norma indica una pena privativa de la libertad no menor a 1 ni mayor a 3 años. Si el delito se comete en situación de calamidad pública o estado de emergencia, la sanción será de 4 a 6 años de prisión.

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