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Comisión de Fiscalización se excede al sugerir vacancia, advierte exprocuradora Delia Muñoz

Dina Boluarte solo puede ser investigada penalmente por la fiscal de la Nación. Un procedimiento inadecuado podría anular futuros juicios políticos o penales.

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Comisión de Fiscalización se excede al sugerir vacancia, advierte exprocuradora Delia Muñoz.
Fecha Publicación: 19/06/2025 - 21:00
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La exprocuradora anticorrupción Delia Muñoz advirtió que el reciente informe final de la Comisión de Fiscalización del Congreso, que sugiere evaluar la vacancia de la presidenta Dina Boluarte, carece de base legal y excede sus competencias.

Muñoz remarcó que dicho grupo parlamentario no tiene autoridad para activar un proceso de vacancia presidencial, el cual debe enmarcarse dentro de una ruta constitucional rigurosa. Sostuvo que debatir directamente el informe en el pleno constituiría una vulneración al debido proceso.

La abogada recordó que, conforme al artículo 117 de la Constitución, la presidenta solo puede ser investigada penalmente por la fiscal de la Nación, y que actualmente esta interpretación está siendo evaluada por el Tribunal Constitucional.

Límites del Congreso

Muñoz precisó, en un medio de comunicación, que la Comisión de Fiscalización únicamente puede investigar aspectos administrativos y financieros, no emitir recomendaciones sobre la vacancia del jefe de Estado. Ante hallazgos de irregularidades, su deber es derivar los casos al Ministerio Público o la Contraloría General de la República.

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Añadió que, si el Congreso decide discutir el informe en el pleno, se arriesga a incurrir en un doble juzgamiento, lo que impediría utilizar los mismos elementos en un eventual juicio político. Enfatizó que la vía constitucionalmente válida para declarar la vacancia por incapacidad moral reside únicamente en la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales.

Firma cuestionada

Sobre la denuncia por presunta falsificación de la firma de Dina Boluarte en un decreto supremo, Muñoz fue enfática: la investigación penal recae exclusivamente en la fiscal de la Nación. La Comisión de Fiscalización, reiteró, debe canalizar la información a las instancias competentes, sin invadir competencias.

Mientras el Tribunal Constitucional no emita un fallo, cualquier iniciativa directa en torno a la vacancia podría carecer de sustento legal.
Informe político sin peso judicial

Para Muñoz, el informe tiene un valor político, pero no implica efectos jurídicos inmediatos. Aclaró que podría servir como base referencial para un proceso posterior, siempre y cuando se respete el cauce constitucional. De no hacerlo, se corre el riesgo de invalidar eventuales acciones legales o procesos de acusación.

Como conclusión, Muñoz subraya que solo la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales puede iniciar formalmente un juicio político contra la presidenta, respetando el procedimiento legal y evitando errores procesales.

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