Califican de inconstitucional directiva que permite a Dina Boluarte recibir regalos sin límite: piden acción de Contraloría y Fiscalía
Solicitan destituir a responsables de impulsar la cuestionada norma.
El excongresista Jorge Del Castillo, el exministro de Justicia, Luis Gonzales Posada y el penalista Luis Lamas Puccio señalaron que la Directiva 004-2025 que aprobó en forma express el despacho presidencial que autoriza la recepción de regalos, donaciones, cortesías y beneficios sin límite de valor por parte de la presidenta Dina Boluarte, es inconstitucional y que se debería pedir la nulidad ante el Tribunal Constitucional.
“Esto está en cualquier norma de ética. Un funcionario público no puede aprovechar su cargo para recibir regalos porque eso sería una especie de coima. Entonces, una directiva interna de Palacio de Gobierno no puede prevalecer sobre una norma por sentido común”, señaló Del Castillo.
Para el excongresista existen dos leyes que norman este caso.
“Una es la Ley 27815, artículo 4, Código de ética de la función pública, que dice lo siguiente: “los servidores públicos no deben solicitar ni aceptar regalos u obsequios durante el ejercicio de sus funciones salvo excepciones como reconocimientos protocolares, materiales educativos, etc.”, agregó.
De otro lado, comentó que a esto hay que agregarle que Servir, la Sunat, el Jurado Nacional de Elecciones, la Defensoría del Pueblo tienen directivas internas que refuerzan la prohibición de aceptar obsequios, regalos.
“Además, existe la Ley 28024, artículo 17, Ley de gestión de Intereses, que en su capítulo 5, habla de las obligaciones y prohibiciones de los funcionarios públicos. Los funcionarios de la administración pública comprendidos en la siguiente ley están prohibidos de aceptar directa o indirectamente cualquier liberalidad por parte de los gestores de intereses o de los terceros. La prohibición incluye obsequios, donaciones, servicios gratuitos, oferta de cargos o empleos. Las prohibiciones alcanzan al conyugue del funcionario público, así como a sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad”, explicó.
Asimismo, reveló que existen sanciones para quienes infrinjan las normas.
“Las sanciones, sin perjuicio de la responsabilidad penal, civil o cualquier otra del ordenamiento jurídico, en gestores de intereses que trasgredan lo dispuesto serán pasibles de amonestación, multa, suspensión y cancelación de licencias de personas que quieran hacer algo y por supuesto al funcionario público también le cae una sanción. Aparte están sujetos a las sanciones del Sistema Nacional de Control o sea de la Contraloría General de la República”, aseguró.
Finalmente, indicó que hay dos leyes que prohíben aceptar regalos y ninguna directiva puede ir de ninguna manera contra la ley porque es inconstitucional.
“Al que ha aprobado deberían botarlo por falso. Si alguien recibe regalos estaría incurriendo en un delito, ojo. Pero en Palacio y el entorno del gobierno los sobones y ayayeros no tienen límites”, concluyó.
De otro lado, Luis Gonzales Posada afirmó que los funcionarios que han impulsado esa norma, que la podríamos llamar "ley de la angurria", deberían ser separados del gobierno.
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“Golpean la imagen de la misma presidenta que tiene una aceptación de 2 o 3% y es abucheada públicamente, entre otras razones por recibir y exhibir regalos de alto valor. La frivolidad de la señora Boluarte ahora pretende arroparse en un proyecto de norma legal que debe ser denunciado por el Congreso de la República y la Contraloría”, afirmó.
Finalmente, Luis Lamas Puccio dijo que en principio los regalos son una forma encubierta de corrupción. “Y eso no lo digo yo, lo dicen las normas internacionales en materia de anticorrupción. Un funcionario público de ninguna manera puede recibir un regalo porque son formas mimetizadas o soterradas de corrupción que buscan congraciarse con el funcionario y en alguna medida influir en las decisiones que puedan tomar sobre el particular”, reveló.
El penalista indicó que, como principio de contenido ético, como parte de una política de Estado, un funcionario de ninguna manera puede recibir un regalo.
“Puede haber regalos a la institucionalidad, al Estado, pero eso pasa a conformar el acervo de los museos del Estado, pero no puede haber dádivas a título personal, eso es corrupción, eso está tipificado como delito en el Código Penal, son fórmulas encubiertas de tráfico de influencias, de cohecho activo, de cohecho pasivo”, añadió.
Luego, aseguró que esa directiva evidentemente ha sido dada para favorecer a la señora Boluarte, por lo tanto allí también hay una responsabilidad de contenido funcional por parte de los funcionarios que han intervenido para que esto se convierta en una disposición y además favorecer a la presidenta.
“Esa directiva en principio es nula y deberían plantearse acciones de contenido constitucional de parte de los colegios de abogados que tienen una actitud bastante diferentes frente a estos hechos porque ellos tienen atribuciones para poder plantear demandas ante el Tribunal Constitucional. Finalmente, la fiscalía debería tomar cartas en el asunto e investigar bajo qué modalidades o bajo qué fórmulas se habrían dado estos hechos que podrían tener connotaciones en materia de responsabilidad penal”, sostuvo.
Finalmente, Lamas Puccio comentó que este es un hecho totalmente negativo para un país que tiene tanta corrupción, es un pésimo mensaje a la opinión pública porque acá hay que gobernar con el ejemplo.
“Los colegios de abogados deberían pedir la nulidad inmediatamente al Tribunal Constitucional y al Congreso, aunque sabemos que el Congreso no va a hacer nada”, sentenció.
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