Alejandro Muñante defiende ley que envía a adolescentes sicarios a cárceles
Norma protege a menor con medidas diferenciadas y proporcionales.
El congresista Alejandro Muñante salió en respaldo de la Ley 32330, aprobada por el Parlamento y promulgada por el Gobierno, modificando el tratamiento penal para adolescentes de 16 y 17 años que cometen delitos graves.
Frente a las críticas que acusan a la norma de vulnerar derechos fundamentales, Muñante afirmó que la ley mantiene intacta la protección especial al menor y que, lejos de criminalizar la adolescencia, establece criterios jurídicos para actuar frente a crímenes particularmente violentos o sistemáticos.
“La Ley 32330 no elimina la protección especial del menor, simplemente introduce consecuencias penales diferenciadas cuando un adolescente comete un delito de extrema gravedad”, sostuvo Muñante.
El legislador precisó que el nuevo marco normativo se ajusta a la Constitución y a tratados internacionales de derechos humanos, y remarcó que ninguna norma puede ser descartada por una interpretación parcial o política.
Según explicó, el artículo 4 de la Constitución, citado por el Poder Judicial para cuestionar la norma, no contradice la posibilidad de establecer una edad mínima de responsabilidad penal. “Esa interpretación es forzada. El artículo 40 de la Convención sobre los Derechos del Niño reconoce la facultad del Estado para definir esa edad”, subrayó.
Muñante también cuestionó los pronunciamientos públicos del Poder Judicial (secundado por la Fiscalía) que señalan presuntos vicios de inconstitucionalidad. A su juicio, estas opiniones no poseen valor vinculante y deben canalizarse, si corresponde, mediante una demanda ante el Tribunal Constitucional (TC). “Mientras no haya sentencia que la declare inconstitucional, la ley es plenamente válida y debe aplicarse”, aclaró.
Asimismo, el congresista aclaró que los adolescentes no serán enviados a penales comunes, sino a espacios diferenciados que el INPE está obligado a habilitar. “La ley garantiza que no habrá contacto con adultos privados de libertad y promueve su reintegración social mediante programas educativos y medidas proporcionales”, detalló.
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En cuanto a la supuesta incompatibilidad con estándares internacionales, Muñante respondió que el principio de inimputabilidad no equivale a impunidad. “El Comité de los Derechos del Niño nunca fijó una edad máxima para la responsabilidad penal. Varios países en la región ya aplican regímenes similares en casos graves”, explicó.
Apoyado en estudios de neurociencia y psicología que acreditan la capacidad de discernimiento en jóvenes de 16 y 17 años, Muñante sostuvo que la ley responde a una realidad urgente: el uso de menores por bandas criminales para eludir condenas. “Este vacío legal permitía que los delincuentes operen impunemente usando adolescentes como instrumentos del crimen”, advirtió.
Finalmente, recalcó que el control difuso no puede convertirse en una herramienta de sabotaje normativo. “Debe aplicarse solo en casos concretos, con argumentos técnicos, no con motivaciones ideológicas”, sentenció.
Con esta ley, el Parlamento busca equilibrar la protección de derechos del menor con la necesidad de justicia para las víctimas y la lucha contra el crimen organizado, sin renunciar al enfoque pedagógico y restaurativo que debe guiar todo régimen penal juvenil.
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