Se acabó y punto
La semana pasada exhortamos al Presidente Martín Vizcarra a no disolver el Congreso, ante la controversia presentada por los juristas sobre la constitucionalidad de una medida así. Apelamos a la expresión latina “In dubiis, abstine” (“en caso de duda, abstenerse”) y saludamos no haberse tomado tal decisión. Sin embargo, a cambio, el Ejecutivo ha propuesto el recorte del mandato constitucional del Presidente y los Congresistas, adelantando las Elecciones Generales para abril del 2020, pasando previamente por un referéndum, apelándose nuevamente a la llamada “Democracia Plebiscitaria”.
Esto ha sido tomado por muchos como un reconocimiento tácito del jefe del Estado a no poder gobernar ni sobrellevar las relaciones con el Congreso (manejo político); otros no obstante, lo ven como una jugada de ajedrez para arrinconar al Parlamento frente a la opinión pública, asumiendo una postura de desprendimiento respecto de su periodo de gobierno, prohibiendo postularse de forma inmediata y exhortando (no plantea Cuestión de Confianza) a los congresistas a hacer lo propio y poner un punto final a las pésimas relaciones entre ambas instituciones que se quiera o no, impacta en el quehacer nacional.
Las reacciones no se han dejado esperar, desde la propia Vicepresidenta Mercedes Aráoz, a la que no se le participó de esta propuesta antes de hacerse pública, de lo cual disentimos porque ella es parte de la fórmula presidencial y del orden de sucesión; quien ha opinado que el actual Gobierno debe culminar su mandato en el 2021, al igual que los congresistas, para lo cual fueron electos y ni qué decir los parlamentarios, la mayoría ha puesto el grito en el cielo y tildan a la propuesta de “demagoga” y “populista”.
¿Esta reforma es constitucional?, estimo que sí, en la medida que sea aprobada por el Congreso (lo veo improbable) luego sometida a consulta popular, donde se prevé una aprobación histórica. ¿Que el proyecto anunciado por el jefe del Estado debió ser aprobado “literalmente” por el Consejo de Ministros, bajo sanción de nulidad?, opino que no, porque según el acta exhibida de la sesión ahí consta dentro del Discurso de Orden, la propuesta y su objeto, por lo cual la discusión se reduce a la forma y no al fondo de la iniciativa. ¿Es obligatorio grabar el audio de estas sesiones? Hasta donde sé, no, ya que en muchas se abordan temas de seguridad nacional, etc., cuya reserva es obligatoria, por tanto si se grabó o no, no acarrea nulidad ni infracción.
Es hora de salir del punto muerto en que estamos, volvamos a ser ese Perú predictible (predecible). Señores del Ejecutivo y Legislativo, tenemos derecho a seguir avanzando como país, las relaciones entre ustedes no da para más y los ciudadanos somos los páganos, como reza un vals: “No hay que hacer un drama, se acabó y punto”.