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Poder Judicial desestima la Ley de Amnistía para ocho militares acusados de crímenes en Antabamba y Chumbivilcas

Aplicó el control difuso, al considerar “la ley inconstitucional” en este caso de violaciones a derechos humanos ocurridas en 1990.

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Poder Judicial desestima la Ley de Amnistía para ocho militares acusados de crímenes en Antabamba y Chumbivilcas.
Fecha Publicación: 08/09/2025 - 09:14
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El Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional ha decidido no aplicar la Ley de Amnistía a ocho militares acusados de la presunta comisión de crímenes contra pobladores de las provincias de Antabamba y Chumbivilcas, en Apurímac y Cusco, ocurridos en 1990. En una resolución emitida este miércoles, el tribunal calificó dicha ley como inconstitucional y anticonvencional, lo que ha generado un debate sobre los límites de esta norma aprobada recientemente por el Congreso de Perú.

La ley de amnistía, que concede inmunidad a los miembros de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y los comités de autodefensa que participaron en la lucha contra el terrorismo entre 1980 y 2000, ha sido criticada tanto a nivel nacional como internacional. En este caso, los militares acusados enfrentan cargos por abusos de autoridad, tortura y violación sexual en agravio de 15 comuneros, algunos de los cuales fueron víctimas de una represión violenta en medio del conflicto armado interno.

En su resolución, el juez encargado del caso subrayó que la solicitud de amnistía presentada por la defensa técnica de los acusados debía ser desestimada, puesto que el proceso penal debe continuar hasta esclarecer la verdad material de los hechos y garantizar la justicia. El juez señaló que la ley de amnistía no puede prevalecer en este caso, ya que no debe ser utilizada para eludir la justicia ni la búsqueda de la verdad.

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El tribunal utilizó la figura del control difuso para declarar la inaplicabilidad de la ley, respaldándose en las disposiciones de la Constitución Política del Perú, el Código Procesal Penal y las normas internacionales de derechos humanos, como la Convención Interamericana de Derechos Humanos. De esta forma, se reafirmó la necesidad de que los acusados enfrenten un juicio en el que se determine su responsabilidad, respetando los derechos de las víctimas y la verdad histórica de los hechos.

Esta decisión ha generado un fuerte debate en Perú, donde sectores del gobierno han defendido la ley de amnistía, mientras que organizaciones de derechos humanos y grupos de la sociedad civil la consideran una violación de los derechos de las víctimas. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) también ha manifestado su preocupación por la amnistía, ya que podría permitir la impunidad de violaciones graves a los derechos humanos.

El Ministerio Público mostró su conformidad con la decisión, mientras que las defensas de los acusados, representadas por los abogados Manuel Rolando O'Diana Quiroz y Guillermo Carpio Quispe, han apelado la resolución, lo que podría llevar el caso a la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema.

La resolución del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria marca un hito importante en la lucha por la justicia y la reparación de las víctimas del conflicto armado en Perú. La decisión judicial abre la puerta a que se continúe con el proceso penal en este caso, lo que podría ser un precedente clave en futuras decisiones sobre la aplicación de la Ley de Amnistía. La espera de una respuesta final por parte de las autoridades judiciales podría redefinir el rumbo de la ley y su impacto en el país.

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