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PJ sanciona al JNE y al ROP por incumplir plazo en inscripción del partido de Duberlí Rodríguez

Se impuso multas tras no acatar dos mandatos que ordenaban registrar a Unidad Popular.

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PJ sanciona al JNE y al ROP por incumplir plazo en inscripción del partido de Duberlí Rodríguez.
Fecha Publicación: 28/08/2025 - 14:14
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El Poder Judicial (PJ) impuso una sanción económica a los miembros del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y al director del Registro de Organizaciones Políticas (ROP) por no acatar las resoluciones que ordenaban la inscripción de la agrupación Unidad Popular, encabezada por Duberlí Rodríguez.

El juez constitucional John Paredes Salas, del Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional, resolvió multar con cinco Unidades de Referencia Procesal (URP) —equivalentes a 535 soles cada una— a los magistrados Roberto Burneo Bermejo, Martha Maisch Molina, Willy Ramírez Chávarry, Rubén Torres Cortez y Aaron Oyarce Yuzzelli.

La misma sanción recayó sobre el director del ROP, Felipe Andrés Paredes San Román.

En su resolución, el magistrado dispuso: “Imponer multa de 5 Unidades de Referencia Procesal-URP a cada uno los miembros del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (…) así como una multa similar al director nacional de la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas (…) por haber incumplido dentro del plazo otorgado con lo dispuesto en las Resoluciones 1 y 2.”

El fallo también ordenó comunicar el caso al Ministerio Público para que evalúe acciones frente al incumplimiento.

“Remitir copias de los actuados al Ministerio Público para que este actúe conforme a sus atribuciones, respecto de los funcionarios descritos, ante el incumplimiento del mandato judicial descrito en las Resoluciones 1 y 2”, precisa la resolución.

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El despacho judicial recordó que el 18 de agosto anuló la decisión del JNE que declaraba “inejecutable” la inscripción de Unidad Popular. En esa fecha, el juez advirtió que de mantenerse el desacato aplicaría sanciones más severas.

En esta nueva decisión, Paredes otorgó dos días hábiles al máximo ente electoral para cumplir la orden de inscripción. De no hacerlo, se aplicarán medidas adicionales.

“Ordenar, nuevamente, a miembros del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (…) cumplir, en el plazo de 2 días hábiles, con lo ordenado en la Resolución N.º 1, del 31 de julio de 2025, bajo apercibimiento de nueva multa individual y progresiva de 5 URP, a cada uno, y nueva remisión de actuados al Ministerio Público”, advirtió.

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