Corte Suprema rechaza recurso de Fiscalía para suspender a Patricia Benavides como fiscal suprema titular por falta de sustento legal
Resolución confirma que la ex fiscal de la Nación seguirá en funciones.
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema rechazó por inadmisible el recurso de casación que interpuso el Ministerio Público (MP), con el fin de apartar temporalmente a Patricia Benavides del cargo de fiscal suprema titular.
El tribunal presidido por el juez supremo César San Martín confirmó que no corresponde admitir aquel pedido porque la propia sala ya se pronunció previamente sobre el asunto y su decisión constituye el último grado en la jurisdicción penal ordinaria.
Casación no procede en este tipo de resoluciones
El órgano fiscal especializado en delitos cometidos por funcionarios públicos buscaba que se ordenara la suspensión de Benavides por 24 meses mientras se le investiga por supuestamente obstaculizar el trabajo del Equipo Especial vinculado al caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”.
Recurso no prosperó por falta de base legal
No obstante, la máxima instancia penal consideró que el intento de reabrir la discusión a través de un recurso extraordinario no tiene sustento legal.
La Fiscalía planteó que existía un “interés casacional” para desarrollar doctrina jurisprudencial sobre la posibilidad de aplicar medidas cautelares de suspensión en contra de altos funcionarios, incluso en etapas preliminares y durante procesos de antejuicio político.
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En su escrito, también sostuvo que el Congreso no emitió todavía un pronunciamiento de fondo sobre la denuncia constitucional presentada contra la exfiscal de la Nación, por lo que correspondía habilitar la suspensión preventiva.
A pesar de ello, los magistrados recordaron que el recurso de casación solo puede prosperar en casos específicos como autos de sobreseimiento o resoluciones que extingan la acción penal, lo que no se cumple en esta situación.
“En este sentido, siendo la normatividad clara y precisa respecto a la inadmisión del recurso de casación, el presente recurso no puede ser aceptado”, puntualizó la resolución suprema.
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