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JEE Lima Centro 1 desestimó abrir proceso de exclusión a candidatura presidencial de Hernando de Soto

El órgano electoral rechazó abrir proceso de exclusión contra candidatura de De Soto por presuntamente consignar información falsa en su hoja de vida.

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Fecha Publicación: 03/02/2021 - 15:17
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El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 sostuvo que no hay mérito para abrir un proceso de exclusión a la candidatura presidencial del postulante del partido político Avanza País, Hernando de Soto Polar, por presuntamente consignar información falsa en su hoja de vida.

El órgano electoral se pronunció sobre el procedimiento de retirar de la carrera electoral a De Soto por haber incorporado en su declaración jurada de hoja de vida –de manera falsa, según lo acusa el ciudadano César Girón Atoche– que es bachiller en Letras en la PUCP (Pontificia Universidad Católica del Perú) y señaló, mediante la Resolución nro. 00424-2021-JEE-LIC1/JNE, que, si bien el economista registra de esa forma, la palabra bachiller en vez de bachillerato no puede asumirse como información falsa.

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EL JEE de Lima Centro 1 detalló que, en 1960 y 1961, el aspirante al sillón presidencial sí cursó estudios en la sección de Cultura General en la Facultad de Letras de dicha universidad y, conforme al plan vigente de ese periodo, terminó la primera etapa de formación "Sección de Cultura General", “Bienio Propedéutico” o “Bachillerato”, que comprendía dos años de estudios y, hoy en día, es equivalente a “Estudios Generales Letras”.

“Por el contrario, tampoco dicha mención de bachiller la ha consignado en el rubro o espacio de grados profesionales, sino como anotación adicional, por lo que nos encontramos ante un supuesto de error material en la forma de consignar la información, y conforme se tiene lo informado por la Universidad esta no altera el contenido esencial de la información declarada en la DJHV del candidato”, se lee en la resolución.

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En este sentido, el JEE consideró que lo expuesto por Girón Atoche no amerita el inicio de un procedimiento de exclusión, "por lo que corresponde archivar los actuados".

“Este Jurado Electoral Especial considera que lo puesto en conocimiento por el ciudadano denunciante, no amerita el inicio un procedimiento de exclusión contra el candidato Hernando de Soto Polar, de la fórmula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República presentada por la organización política Avanza País-Partido de Integración Social; por lo que, corresponde archivar los actuados en el presente expediente”, agregó.

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