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Se oficializó ley que exonera del IGV a productos de primera necesidad

Medida regirá desde 1 de mayo.

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Fecha Publicación: 14/04/2022 - 11:16
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La exoneración del IGV a los productos de primera necesidad se oficializó este jueves mediante una ley publicada en el diario oficial El Peruano.

En las normas legales figura que la exoneración del impuesto corresponde a productos como el pollo, el azúcar, el pan, huevos y fideos. Además, precisa que esta medida regirá desde el 1 de mayo del 2022.

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Por su parte, los contribuyentes que comercialicen los bienes señalados podrán aplicar como crédito fiscal el IGV correspondiente a las adquisiciones y/o importaciones de los principales insumos requeridos en el proceso productivo de los productos exonerados.

Indecopi estará a cargo del monitoreo de los precios de venta al consumidor final de los productos que forman parte de la canasta familiar.

La publicación de la norma en El Peruano contempla las firmas de la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva, así como también la primera vicepresidenta del Parlamento, Lady Camones.

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