Reforma trae pensión mínima y prohíbe retiros: Ejecutivo publica reglamento con beneficios para trabajadores
Se advierte que, en caso el Congreso de la República apruebe un octavo retiro de fondos de las AFP, los afiliados que decidan acceder a este beneficio perderían automáticamente el acceso al apoyo económico.
El reglamento de la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano (N.° 32123), que incorpora la pensión mínima para todos los peruanos, prohíbe los retiros “extraordinarios” de fondos de los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) e incluye diversos beneficios, fue publicado por el Poder Ejecutivo, con lo que la ansiada reforma previsional ya es una realidad.
Entre los aspectos más convenientes para los trabajadores es que, por primera vez, todos los peruanos podrán acceder a la garantía del Estado para tener una pensión al jubilarse. De esa forma, se da el primer paso hacia la cobertura universal en pensiones.
Ese primer paso, es la pensión mínima y proporcional especial, que en adelante se otorgará tanto a los afiliados del sistema público como privado. Antes, solo podían acceder a la ayuda económica estatal los aportantes de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), pese a que por mandato constitucional el derecho a la seguridad social debe ser garantizado por el Estado a todos los peruanos.
Actualmente, en el Sistema Privado de Pensión (SPP) hay 7.7 millones de afiliados con saldos en sus cuentas individuales, lo que les permitirá seguir construyendo sus fondos para acceder a estas pensiones con garantía estatal, según cifras de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
Pensión mínima
Para acceder a la pensión mínima de 600 soles, los trabajadores deberán completar 240 aportes (20 años), independientemente del saldo que tengan en su fondo. En el caso del afiliado al SPP que llega a la edad de jubilación, para poder gozar del beneficio, no tiene que hacer ningún retiro “extraordinario” y debe tener saldo insuficiente. Con estos requisitos, el Estado le completa el dinero que le falta y podrá gozar del beneficio mensual hasta su fallecimiento. Una persona que comienza a trabajar a los 25 años y se jubila a los 65 años, tiene una vida laboral de 40 años y la reforma solo exige la mitad de ese tiempo (20 años) para acceder a la pensión mínima.
De acuerdo a los estimados que han difundido entidades técnicas, con 120 mil soles acumulados, una persona ya tiene el saldo suficiente para obtener una pensión mínima de 600 soles por sí sola, sin ayuda del Estado. Con la reforma, para acceder a la pensión mínima ya no se requiere tener esa cantidad de dinero ahorrada porque el Estado le garantiza ese beneficio al trabajador. Lo importante es tener los años de aporte. La pensión de 600 soles es solo una base, un piso inicial, porque si un ciudadano aporta más durante su vida laboral, tendrá una mayor pensión.
Las pensiones proporcionales funcionan de la misma manera. Para acceder a una pensión de 400 soles se requiere tener registro de aportes de 180 a menos de 240 meses (de 15 a menos de 20 años) y para una pensión de 300 soles, se necesitan de 120 a menos de 180 meses de aporte (de 10 a menos de 15 años).
Esto es muy importante para todos los trabajadores porque ahora, si no hacen ningún retiro y continúan aportando, podrán saber cuánto tienen en sus fondos, cuántos aportes van haciendo y cuánto les falta para tener una pensión que supere los 600 soles o si van a requerir el apoyo económico del Estado.
Una vez que el trabajador cumple con los requisitos que se exigen, y está en el sistema privado, para acceder a la pensión mínima o proporcional pasará con todo su fondo a la ONP, que se encargará de pagarle la pensión.
Basados en este espíritu de la ley, que busca que todos los peruanos puedan construir sus fondos para acceder a una pensión, la reforma previsional prohíbe taxativamente los retiros “extraordinarios” y condiciona la ayuda estatal a no hacer más retiros. En consecuencia, si el Congreso aprobara un octavo retiro, el afiliado que lo haga efectivo, perderá la garantía del Estado y se quedará sin pensión.
A los 18 años
Otro de los beneficios de la reforma es que todos los peruanos serán parte del nuevo sistema de pensiones desde los 18 años, pudiendo elegir entre el sector público y privado. A partir del 1 de junio de 2027, tendrán 1 año para elegir el sistema de su preferencia. Si no eligen, las personas que cumplen 18 años irán a la ONP y los mayores de 18 años al SPP.
Si no están afiliados o aún no han elegido un sistema en los plazos establecidos, y empiezan a trabajar en planilla, deberán afiliarse en 10 días calendario. La afiliación es voluntaria para los peruanos mayores de 55 años al 31 de mayo de 2027.
Según el Banco Mundial, cada año más de 500 mil personas cumplen 18 años en el Perú. Es decir, en 2027, otro medio millón de peruanos contará con la cobertura previsional.
Derecho a elegir
La Modernización del Sistema Previsional Peruano trae otro beneficio para los afiliados al esquema privado. En adelante, podrán elegir entre más empresas que administren sus fondos.
En efecto, ahora se llamarán Empresas Administradoras de Fondos (EAF) y podrán participar entidades del sistema financiero como bancos, cajas, financieras, aseguradoras, entre otras. Estas podrán ingresar al sistema privado a administrar pensiones, compitiendo en igualdad de condiciones y bajo las mismas normas.
Aportes por consumo
Otra novedad beneficiosa para los trabajadores son los aportes por consumo. Con ellos, todos los peruanos contarán con un nuevo mecanismo que servirá para incrementar sus pensiones.
En otras palabras, con sus gastos diarios, los peruanos acumularán un fondo complementario para aumentar sus pensiones. El 1% de los consumos en el año, sustentados en comprobantes electrónicos, ingresará a una cuenta especial en el sistema privado y crecerá con la rentabilidad.
MÁS INFORMACIÓN: Reforma de pensiones viene con afiliación obligatoria: puntos claves del reglamento oficializado por Gobierno
Los aportes por consumo estarán totalmente protegidos (intangibles) y solo servirán para mejorar la pensión. Este tipo de cuentas se podrán abrir voluntariamente desde diciembre de 2026 y se computarán los comprobantes a partir del 1 de enero de 2027.
Cada comprobante deberá ser por hasta 700 soles y, en suma, como consumo del año, se considerará un máximo de 1% de 8 UIT (S/42,800). No se incluirán las compras de equipos, autos y maquinarias, entre otros.
El cálculo para determinar el aporte por consumo se realizará anualmente. Para ello, el periodo de cada ejercicio fiscal será del 1 de enero al 31 de diciembre del año que corresponda.
Retiro es irresponsable
Sobre la posibilidad de un octavo retiro de fondos, que es alentado por un reducido grupo de congresistas, el exdirector del Banco Central de Reserva del Perú (BCR), Juan José Marthans, precisó a EXPRESO, que hay una irresponsabilidad por parte del Congreso con este tipo de propuestas y que es correcto que se rechace el beneficio a los trabajadores que accedan al retiro de pensiones.
“Me parece que es un mínimo de frecuencia de aportación o es una suerte de mínimo de fondo para efectos de ser merecedor de esta pensión mínima (con el nuevo reglamento). Esta pensión mínima va a ser subvencionada por todos los peruanos, entonces lo mínimo que se puede pedir es que quien acceda a la pensión mínima tienda a tener un fondo que justifique la misma pensión. No se le podría otorgar a quien termina su periodo de aportación en cero. Eso me parece que está muy bien orientado”, dijo.
Sostuvo que, es beneficioso que se disponga de una pensión mínima para los segmentos poblacionales de menores ingresos y aportaciones. “Estructuralmente esta pensión mínima va a permitir visualizar de manera objetiva el resultado de la aportación que tengan los afiliados”, añadió.
Populista
Por su parte, el economista Alejandro Indacochea, al ser consultado por nuestro diario, calificó que el reglamento publicado es una medida populista, en lugar de hacer una verdadera reforma del sistema de pensiones.
“Debieron incluir que cuando haya utilidad se pague una comisión y cuando haya pérdidas no se realice el pago”, refirió.
Advirtio que, la aprobación de este reglamento se da en el marco de una campaña a meses de las próximas elecciones presidenciales y municipales..
A tener en cuenta
La reforma también establece una comisión por productividad, en que las Empresas Administradoras de Fondos (EAF) cobrarán cuando la rentabilidad sea positiva.
En adelante, los trabajadores tendrán la libertad de trasladarse entre el sistema público y privado de pensiones.
¿Cómo acceder?
El docente de la Pacífico Business School, Jorge Carrillo, explicó que acceder a la pensión mínima es muy fácil y lo más importante es que todos tendrán este beneficio, así estén afiliados al sector público o privado. Luego de manifestar que un trabajador que comienza a laborar desde los 25 años hasta los 65 años tiene un horizonte laboral de 40 años de aportes, el experto dijo que la ley solo exige 240 aportes (la mitad de la vida laboral).
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