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Indecopi sanciona a BCP por fallas en seguros: también hay irregularidades en seguridad digital

Se disponen multas que superan los S/ 109 mil.

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Indecopi sanciona a BCP por fallas en seguros: también hay irregularidades en seguridad digital.
Fecha Publicación: 03/10/2025 - 06:43
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La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Indecopi resolvió en definitiva dos procesos que enfrentaba el Banco de Crédito del Perú (BCP). Ambos concluyeron que la entidad financiera no cumplió con las garantías básicas de idoneidad y seguridad que exige el Código de Protección y Defensa del Consumidor.

En conjunto, el BCP deberá pagar 20,49 UIT (S/ 109 621,50) y cumplir con las medidas correctivas dispuestas. Además, fue inscrito en el Registro de Infracciones y Sanciones del Indecopi, lo que deja constancia formal de las faltas cometidas y alerta sobre la reincidencia en estas conductas.

En Piura, una clienta contrató un crédito hipotecario con garantía hipotecaria y pagaba en sus cuotas un rubro destinado a un “seguro del bien inmueble”. Tras las lluvias de 2023 que dañaron su vivienda y su negocio, la usuaria intentó activar la póliza, pero la compañía le informó que no tenía póliza vigente a su nombre.

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El Indecopi comprobó que BCP generó expectativas falsas, llegando incluso a reiterar por escrito que la póliza estaba activa. Más aún, la entidad modificó, sin consentimiento previo, el cronograma de pagos del crédito, eliminando de manera unilateral el rubro “seguro del bien”.

La Sala confirmó que BCP infringió el deber de idoneidad y el derecho del consumidor, imponiéndole multas de 13,6 UIT (11,6 UIT por la modificación unilateral del cronograma y 2 UIT por la falsa expectativa respecto al seguro). Además, ordenó al BCP emitir una liquidación del crédito que incluya todos los pagos efectuados, devolver los montos cobrados por concepto de seguro y entregar a la clienta un cronograma actualizado y claro.

Otro caso

En Lima, otra usuaria detectó el retiro no autorizado de S/ 16 084 de su cuenta de ahorros. El banco sostuvo que la transacción había sido realizada correctamente mediante clave digital y token. Sin embargo, la Sala concluyó que el BCP incumplió con su deber de seguridad, ya que no notificó de manera oportuna el movimiento.

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