Familiares pagarán deudas de fallecidos: SBS modifica normativa en créditos
Tras resolución publicada, a partir de septiembre próximo herederos deberán asumir las cargas financieras.
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La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) estableció modificaciones significativas en las regulaciones de los seguros de desgravamen relacionados con los préstamos, particularmente en lo que respecta a las responsabilidades de los herederos frente a las obligaciones pendientes después del fallecimiento del titular.
Con la resolución N.° 00890-2025, publicada en marzo de 2025, se anunció que, a partir de septiembre de este año, los herederos directos, como hijos o cónyuges, deberán asumir las cargas financieras del titular fallecido en caso de no contar con una cobertura adecuada.
Antes de esta medida, las cargas económicas se cancelaban sin que los familiares tuvieran que hacerse cargo, lo que había sido criticado por algunos como una protección insuficiente para las instituciones financieras.
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Esta nueva disposición ha generado preocupación en la población, dado que muchos consideran injusto tener que cubrir las responsabilidades financieras de un ser querido ya fallecido.
Sin embargo, la normativa establece que, aunque los herederos no asumen las deudas per se, los acreedores pueden acceder al patrimonio dejado por el difunto para liquidar los montos pendientes. Si el patrimonio no fuera suficiente, la obligación quedaría saldada, sin que los familiares tengan que pagar con recursos propios.
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