Mayores de 40 años deben tener tres dosis para ir a playas
Hay 78 provincias en alerta alta y se mantiene prohibición de reuniones sociales.
El Poder Ejecutivo publicó ayer un decreto supremo que suspende el toque de queda a partir de mañana lunes y mantiene ciertas restricciones por niveles de alerta según cada provincia, principalmente a las personas mayores de 40 años que no hayan recibido las tres dosis de la vacuna contra la COVID-19.
El Decreto Supremo Nº 010-2022-PCM, publicado en El Peruano y que estará vigente del lunes 31 de enero hasta el 13 de febrero, ya no menciona como antes los horarios del toque de queda por provincia debido a que ha sido eliminado, tal como lo adelantó el ministro de Salud, Hernando Cevallos.
La norma prorroga el Estado de Emergencia Nacional debido a la pandemia de la COVID-19 por el plazo de 28 días desde el martes 1 de febrero de 2022.
En ese sentido, se mantienen restringidos los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio.
Certificado de vacunación
Asimismo, a partir de mañana se exigirá el certificado de vacunación con tres dosis contra COVID-19 a todos los mayores de 40 años que deseen ingresar a espacios cerrados -como supermercados, restaurantes, locales, etc.- y realizar viajes interprovinciales terrestres o aéreos
En tanto, en las provincias que tengan una alerta sanitaria moderada, alta y muy alta será obligatorio para dicho grupo etario tener las tres dosis completas "para el uso de playas, ríos, lagos o lagunas, así como de piscinas públicas y privadas donde se realizan actividades formativas o terapéuticas".
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