Los peruanos están muy sensibles ante informaciones ciertas, erradas o falsas; ante cualquier tipo de comentario que suene racional o no; ante cualquier afirmación que provenga de las autoridades e incluso de las normas legales que se dictan.
Ántero Flores Aráoz
Con buen criterio, nuestra normativa electoral dispone que las agrupaciones políticas en competencia, presenten sus planes de gobierno, los que además de estar en los portales digitales de aquellas, también son colgados en los que administra la autoridad electoral.
No cabe ninguna duda, me estoy refiriendo a Luis Bedoya Reyes que acaba de dejarnos.
Más que evidente que, por profesión y ocupación, carezco de conocimientos médicos para dar recomendaciones sobre el cuidado de la salud, pero con la ventaja de saber escuchar a los que saben y emplear la lógica, esta última tan venida a menos en estas épocas en que nos ha tocado vivir.
Una buena noticia, entre tantas malas en esta época de pandemia, es que ya se han creado vacunas para la covid-19, se han efectuado los experimentos requeridos y ellas han superado las exigencias científicas correspondientes.
Estamos a muy pocas semanas para emitir nuestro voto en las elecciones generales y congresales de abril de 2021, para lo cual se hicieron algunas reformas parciales constitucionales, así como en la normatividad electoral, creyéndose, a instancias del Gobierno, presidido por Martín Vizcarra, que ello era la panacea y que con las reformas se corregirían todos los antiguos defectos de nuestra inef
Cierto es que tanto el Sector Público como el Sector Privado tienen sus propios roles y nuestra Constitución, con sabia determinación, dispuso que la inversión pública como la privada estaban sujetas a las mismas reglas, precisando que sólo por ley expresa puede el Estado realizar subsidiariamente actividad empresarial.
Como sabemos, el diario oficial “El Peruano” es la gaceta oficial, donde se publican las normas legales de todos los niveles, desde las leyes, pasando por tratados internacionales, resoluciones legislativas, decretos legislativos, decretos de urgencia y demás normatividad, sea del Gobierno Central como de gobiernos regionales y municipales.
Recientemente leí un excelente artículo de Augusto Baertl titulado “Descentralicemos el proceso de vacunación”, en que su tesis central era que el Gobierno autorizase a los privados para adquirir vacunas contra el covid-19.
Según el artículo 77 y siguientes de la Constitución, la administración económica y financiera del Estado se rige por el presupuesto que anualmente aprueba el Congreso, sobre la base del proyecto que le presenta el Presidente de la República, debiendo estar efectivamente equilibrado, esto es: no se puede ejecutar como gasto más que lo que ingresa y entendiendo por lo demás que los congresistas
En anterior artículo, cuestionábamos el Reglamento para seleccionar a los candidatos aptos para ser llevados al Pleno del Congreso, a fin de que pueda este último elegir a seis magistrados, que cubrirían las vacantes existentes en el Tribunal Constitucional, con mandato vencido desde hace dos años y medio.
En el mes de septiembre del 2018 se dictó el Decreto Legislativo 1434, expedido en virtud de delegación de facultades legislativas otorgadas al Poder Ejecutivo.
Es de conocimiento, diría que casi general, que las normas legales son de aplicación desde el día siguiente de su publicación oficial y, que ella se hace en el diario “El Peruano”, pudiendo hacerse también en los portales informáticos del Estado.
Después de las protestas ciudadanas, efectuadas en los departamentos de Ica y La Libertad, contra el régimen laboral y tributario que se había prorrogado para facilitar las actividades de la agroindustria, el Congreso de la República derogó las normas legales que lo establecían y se comenzó a diseñar un nuevo régimen.
Un reciente aviso de la Municipalidad de Miraflores nos enteró sobre una propuesta legislativa aprobada en nuestro Parlamento y pendiente de promulgación, la que había pasado desapercibida.
La Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso de la República, dictaminó el “Acuerdo de Escazú”, sobre pretendida protección del medio ambiente, rechazando el pedido del Poder Ejecutivo para su aprobación por el Congreso de la República, requisito constitucional para que el Gobierno Nacional lo ratificase.
De los siete miembros del Tribunal Constitucional, seis de ellos tienen vencido su mandato con notorio exceso, por lo cual urge que el Congreso de la República elija a sus reemplazantes cuanto antes, pero que lo haga bien, con reglas que nos garanticen tener un Tribunal Constitucional a la altura de sus importantísimas atribuciones.
Hoy más que nunca, el Estado tiene la impostergable obligación de facilitar las inversiones. Ello porque se requiere recuperar el empleo, seriamente afectado por la crisis económica originada en la pandemia que estamos soportando, al igual que el resto del mundo, aunque probablemente agravada en el Perú por medidas ineficaces.