Mindef aclara que ley sobre símbolos patrios no impide uso comercial de emblemas
Anuncia diálogo del Gobierno con Gamarra y BCRP.
El Ministerio de Defensa aseguró que la Ley 32251 no restringe el uso comercial de los símbolos patrios reconocidos por la Constitución, como la bandera nacional sin escudo, el escudo de armas y el himno nacional.
El titular del sector, Walter Astudillo, remarcó que esta normativa no busca afectar a los emprendedores ni a los comerciantes, sino establecer un marco claro para distinguir entre símbolos de uso ciudadano y emblemas exclusivos del Estado.
Astudillo reiteró que los emblemas nacionales “son de libre uso para todos los peruanos” y aclaró que las limitaciones recaen únicamente sobre los símbolos institucionales, como el Pabellón Nacional o la banda presidencial, los cuales pertenecen al ámbito oficial y no deben ser usados fuera de contextos públicos autorizados.
En respuesta a la preocupación causada en sectores productivos, especialmente en el emporio textil de Gamarra, el Ejecutivo acordó convocar a una reunión técnica con representantes de este gremio y funcionarios del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP).
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El encuentro, previsto para después de las festividades patrias, permitirá analizar el reglamento de la Ley 32251 y considerar posibles ajustes que resuelvan las dudas surgidas en torno a su implementación.
“Queremos escuchar a los comerciantes, explicar el contenido del reglamento y corregir cualquier desinformación que haya circulado”, expresó Astudillo.
El ministro también señaló que, de ser necesario, el Ejecutivo estaría dispuesto a presentar al Congreso una propuesta de modificación legal, siempre que no se altere el objetivo principal de reforzar la identidad nacional y proteger los símbolos del Estado.
La Ley 32251, promulgada recientemente, busca unificar los criterios sobre el uso de los símbolos patrios, protocolares e institucionales, y provocó controversia en algunos sectores económicos que temen posibles restricciones.
El Gobierno optó por el diálogo y la evaluación técnica para garantizar que la normativa sea comprendida y aplicada sin perjudicar actividades legítimas.
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