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Cobro del Fonavi: adultos mayores denuncian demoras y maltratos en agencia del Banco de la Nación

Situación generó preguntas sobre la gestión de los pagos y la demora para ser entregados.

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Cobro del Fonavi: adultos mayores denuncian demoras y maltratos en agencia del Banco de la Nación.
Fecha Publicación: 28/08/2024 - 16:26
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En medio de reclamos y largas colas, los adultos mayores que acuden a la agencia del Banco de la Nación, ubicada en la Av. Benavides No. 3700 en Santiago de Surco, denunciaron malos tratos por parte del personal encargado de atender a los fonavistas.

La situación generó gran indignación entre los beneficiarios, quienes se ven obligados a soportar extensas esperas a la intemperie, solo para enfrentarse a procedimientos que consideran injustos y arbitrarios.

El principal problema señalado por los afectados radica en la exigencia de llenar una “Declaración Jurada de Beneficiario del Fonavista Fallecido”, documento que los aportantes reciben tras largas horas de dilación en la fila.

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Lo que más molesta a los afectados es que, luego de cumplir con este trámite, se les comunica que deberán esperar “90 días hábiles” para recibir el dinero que por derecho les corresponde.

El jefe de operaciones de la agencia, identificado como Rolando Salas, fue señalado como uno de los principales responsables de esta situación.

Según testimonios, Salas habría ignorado la Resolución Administrativa Nº 003-2024/CAH-Ley Nº 29625, que establece “Aprobar el Segundo Grupo de Reintegro del Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios del Primer al Decimonoveno Grupo de Pago, que cobraron parcialmente la devolución de sus aportes…, … Fonavistas titulares a partir de los 75 años y también considera a los fonavistas fallecidos de dicho grupo a partir de los 93 años al 31 de agosto de 2024”.

Así como lo preceptuado en el Artículo 3 “Comunicar al Banco de la Nación para que proceda al pago del reintegro de la devolución de aportes correspondiente a los fonavistas que conforman el segundo grupo indicado en el artículo 1 de la presente resolución, a partir del 27 de agosto de 2024”.

Cabe resaltar que los documentos que debe presentan según el vínculo son: copia certificada de la partida o acta de defunción del beneficiario fonavista fallecido, copia certificada de la partida o acta de matrimonio.

Una fonavista de 96 años que intentó cobrar el beneficio, presentó los documentos en mención, sin embargo, fueron evadidos.

“Al requerirle con justo derecho me enseñe la ley, norma o procedimiento simplemente se dio media vuelta sin responder. ¿Quién se beneficias con los intereses de eso dinero confiscado inconsultamente por el Banco de la Nación durante 90 días?”, exhortó el hijo de la fonavista.

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