Caso Surquillo: sanción a mujer por alimentar ardillas revela vacío legal y negligencia municipal en trato a adultos mayores
Se cuestiona sanción por desproporcionada y vulneratoria de buena fe y derechos de personas de tercera edad.
Alimentar ardillas no suele representar un gran riesgo para la salud si se hace ocasionalmente y con precaución, pero sí existen algunos riesgos potenciales para ti y para el animal:
Riesgos para la persona:
Transmisión de enfermedades:
Las ardillas pueden portar enfermedades como salmonela, leptospirosis, o tularemia, aunque es poco común el contagio directo a humanos.
Contaminación de alimentos:
Si manipulas comida o superficies después de alimentar ardillas sin lavarte bien las manos, puedes exponerte a bacterias.
En Perú, alimentar ardillas u otros animales silvestres en espacios públicos no está expresamente prohibido por la legislación nacional; sin embargo, puede ser sancionado a nivel municipal.
Nivel nacional, la Ley N.º 29763 – Ley Forestal y de Fauna Silvestre establece que la fauna silvestre es patrimonio de la Nación y su manejo está sujeto a regulaciones para asegurar su conservación y uso sostenible.
Aunque la ley no prohíbe explícitamente alimentar animales silvestres, cualquier interacción que altere su comportamiento natural puede ser considerada una forma de perturbación.
MÁS INFORMACIÓN: Animales potencialmente peligrosos
Además, la Ley N.º 30407 – Ley de Protección y Bienestar Animal busca garantizar el bienestar de los animales, incluyendo la fauna silvestre mantenida en cautiverio, pero no se extiende a los animales silvestres en su hábitat natural.
Riesgos para la salud humana:
Transmisión de enfermedades zoonóticas (de animales a humanos):
Leptospirosis: Bacteria que puede encontrarse en la orina de roedores.
Salmonelosis: Puede adquirirse al manipular alimento contaminado o tocar superficies donde estuvo un animal.
Tularemia y fiebre por mordedura de rata: Más raras, pero posibles en contacto cercano.
Rabia: Aunque las ardillas raramente la transmiten, sigue siendo un riesgo en fauna silvestre.
Desequilibrio en la población:
El exceso de alimento artificial puede causar un aumento desproporcionado de la población de ardillas, afectando a otras especies (aves, reptiles, insectos).
Propagación de especies invasoras:
Algunas ardillas no son nativas de ciertas regiones (por ejemplo, la ardilla roja introducida en Lima) y desplazan a especies locales.
Contaminación ambiental:
Los restos de alimentos pueden atraer ratas, cucarachas y otros animales, alterando la ecología del lugar y causando problemas sanitarios.
Destrucción de flora:
Algunas ardillas excavan en jardines y áreas verdes, afectando plantas o árboles jóvenes.
En Perú, los únicos entes autorizados para alimentar, manejar o interactuar directamente con ardillas u otros animales silvestres son aquellos que cuentan con permisos del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), el ente rector en materia de fauna silvestre.
Entidades autorizadas para alimentar a la fauna:
Direcciones o Gerencias Regionales de Agricultura o Medio Ambiente
A través de sus oficinas de fauna silvestre, supervisan y ejecutan acciones autorizadas por SERFOR en sus respectivas regiones.
Sin embargo, existe una desproporción en la multa impuesta por la municipalidad de Surquillo pues no ha tomado en cuenta al adulto mayor, creando un menoscabo al ser expuesta, ocasionándole un detrimento a su salud mental.
El adulto mayor es vulnerable y sensible, se debe tomar en cuenta la Buena fe, y el desconocimiento de la señora que ha sido multada. Proceder a retirar esa sanción y exhortarla mediante un documento de fiscalización a que no lo vuelva a hacer bajo apercibimiento de ser multada.
Los alcaldes , muchas veces no consideran a sus vecinos y aplican gestiones que no son propias de un funcionario de la gestión pública , esta figura se está viendo en San Miguel también , donde no le dan el interés que tienen por obligación de acuerdo a la Ley 30407 , y no gestionan el derecho animal , asimismo la municipalidad de Lince recientemente fue sindicada por no cumplir la ley derecho bienestar animal la Gerenta de Gestión ambiental , atentando contra los gatos del parque Castilla.
Donde casualmente pide permiso 15 días de vacaciones ante la evidencia de su falta frente a su distrito que le ha dado la espalda y solicitan su destitución. En buena cuenta, los alcaldes y sus funcionarios de muchos gobiernos locales desconocen la gestión pública o si simplemente no la quieren ejecutar, y eso es incumplimiento de ley !
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